a) IMPUESTOS
El impuesto es un tributo cuya obligación no origina una contraprestación
directa a favor del contribuyente por parte del Estado. Un impuesto no se
origina porque el contribuyente reciba un servicio directo por parte del
Estado, sino en un hecho independiente, como es la necesidad de que quienes
conforman la sociedad aporten al sostenimiento del Estado para que cumpla con
sus fines.
b)
CONTRIBUCIÓN
Es el tributo
cuya obligación es generada para la realización de obras públicas o actividades
estatales en beneficio de un determinado grupo de contribuyentes (los que pagan
la contribución). El dinero recaudado va a un fondo que sirve para hacer las
obras o brindar servicios del que se benefician sólo los que aportaron o sus
familiares (derecho habientes).
c) TASA
Es el tributo
cuya obligación es generada para la prestación efectiva o potencial de un
servicio público individualizado para el contribuyente.
Entre otras
tasas, tenemos los arbitrios municipales, los derechos y las licencias.
a.
Arbitrios: son tasas que se generan por la
prestación efectiva o potencial de un servicio público a los contribuyentes de
un distrito.
b.
Derechos: son tasas que se pagan por la
prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de
bienes públicos, como por ejemplo, el pago para obtener una partida de
nacimiento.
c.
Licencias: son tasas que gravan la obtención de
autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho
particular sujetas a control o fiscalización. Por ejemplo, para abrir una
bodega, se debe pagar dichos derechos al municipio para que le otorguen la
licencia de funcionamiento.




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